Una caducidad que puede ser apresurada

En audiencia del día de hoy se ratificó la caducidad del contrato estatal de aporte 1043 de 2020, entre el MINTIC y el consorcio Centros Poblados. En conclusión, según el Mintic, Centros Poblados incumplió obligaciones que afectan la ejecución del contrato y pueden conllevar a su paralización. El principal factor que llevó a esta conclusión fue la inexistencia de garantías porque, aunque el contratista presentó tres expedidas por el banco Itaú, esta entidad financiera negó haberlas expedido. Por ende, la justicia penal ahora tendrá que verificar si se trata de una falsificación. Mientras tanto, según el MINTIC, Centros Poblados no probó que Itaú expidió efectivamente las garantías o póliza de cumplimiento.

“Hay ausencia de un garante, es decir, los documentos que soportan el contrato son inexistentes. Por lo que procede la caducidad. El Banco Itaú desconoce haber expedido las garantías y el contratista nunca allegó prueba ni siquiera sumaria contradiciendo lo dicho por el banco. Se incumple entonces la obligación de aportar garantía”, concluyó el MINTIC en la audiencia de este viernes. Centros Poblados había argumentado también que la falta de garantía no era “grave” para dar paso a la caducidad o terminar el contrato, pero el MINTIC consideró lo contrario.

Hasta ahí, parece que la decisión que se toma es correcta. Sin embargo, hacia el futuro inmediato y de largo plazo, vale la pena tener en cuenta los siguiente:

LOS EQUIPOS YA ESTÁN EN EL PAÍS Y LOS 70.000 MILLONES NO SE HAN PERDIDO: en redes sociales y en la prensa nos quedamos con la versión de la periodista Paola Herrera, que se basó en un informe de interventoría del mes de abril de 2021, donde dice que el contrato no ha avanzado nada. Por otro lado, los contratistas dicen que si bien el anticipo se aprobó en febrero, su desembolso se hizo a finales de mayo. Total, a abril de 2021 los contratistas no habían recibido un solo peso. Es decir, la periodista sacó unas conclusiones apresuradas, pues los 70.000 millones no se han perdido. Eso va a ser muy importante en la futura demanda contra la Nación.



NO ES CIERTO QUE LA TOTALIDAD DEL ANTICIPO FUE “SACADO DEL PAÍS”: La expresión “dinero sacado del país” de la periodista sugiere algo delictivo, afirmando que toda la plata está en una cuenta del Citibank en el estado de Delaware. En el comunicado de los contratistas, dicen que giraron a proveedores del exterior $58000 millones y los $12000 millones restantes a empresas locales. De esto, ya hay equipos en bodegas por $67000 millones  y 1000 puntos de internet ya funcionando. Parecen ser 2 cosas bien distintas. Esto también es muy importante para la futura demanda contra la Nación.




EL CONTRATO DA 30 DÍAS PARA CORREGIR IRREGULARIDADES: No soy abogado, pero entiendo que las garantías presentadas sólo pueden ser tachadas de falsas por autoridad judicial. Lo dice el mismo Ministerio: “la justicia penal ahora tendrá que verificar si se trata de una falsificación” El abogado de los contratistas dice que las pueden corregir en 30 días calendario, según el contrato, cosa que es cierta en el texto del contrato que he leído. El Ministerio considera que falsificar documentos es muy grave y que eso da para declarar la caducidad del contrato sin mayores consideraciones, aún sin la declaración de sentencia de un juez. Definir quién tiene la razón va a ser una batalla jurídica durante varios años. 




Mi conclusión es que se tomó una decisión precipitada, basada en la presión mediática. No quiere decir que los contratistas tengan la razón o no. Pero si logran demostrar que los equipos de los $70.000 millones están en el país y que debieron agotarse los conductos regulares, vamos a perder mucho más que $70.000 millones. Este contrato vale $1.1 billones de pesos y los contratos con el Estado de estas empresas pueden ser mucho más grandes. 

POSTDATA: Hoy El Banco Itaú ha confirmado que la garantía de seriedad de la oferta para la licitación tampoco fue expedida por ellos. Yo concentraría todos los esfuerzos legales en obtener sentencia de falsedad sobre este documento. Son mucho menos claros los derechos de un proponente que falsificó un documento, que los derechos de un contratista que ya tiene adjudicado un contrato y que tiene derecho a unas reglas de juego contractuales. 

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